MADERA LEGAL

Web para el cumplimiento de la “Diligencia Debida”para comercializar madera y productos derivados en la Unión Europea.

El Reglamento 995/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Octubre de 2010 (publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de Noviembre de 2010) denominado de “Diligencia Debida” se enmarca en el Plan de Acción FLEGT (Aplicación de las leyes, “gobernanza” y comercio) de la Unión Europea para combatir la tala ilegal y el comercio derivado de madera y productos de madera.

Dicho Plan de Acción se centra en proporcionar ayuda a los productores de madera para desarrollar sistemas de verificación del origen de la madera y mejorar la aplicación de la legislación vigente.

El referido Reglamento 995/2010 establece las obligaciones de los agentes que comercializan madera y productos de la madera.

* Se aplica a toda la madera y derivados que se comercializan por primera vez en el mercado comunitario:

  • A los producidos dentro de la UE
  • A las Importaciones

* Productos sometidos a dicha normativa: Desde madera en rollo hasta papel no impreso. Se excluyen los reciclados. Ver el apartado de productos afectados.

* Obligaciones de los agentes:

Los operadores que comercialicen madera o productos de esa madera por primera vez deberán ejercer la diligencia debida:

  • Para la producción local/nacional: El propietario forestal o el rematante (ya sea la venta en cargadero o en pie).
  • Para la producción exterior: El importador

Los agentes que comercialicen madera o productos de esa madera posteriormente serán capaces de identificar en toda la cadena de suministro:

a los agentes o comerciantes que les hayan suministrado la madera y los productos de madera, y cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y productos de madera.

Está prohibida la comercialización de madera aprovechada ilegalmente o de productos derivados de esa madera.

Por lo que respecta a la evaluación del riesgo de la procedencia de la madera y productos de la madera, se propone un sistema, que se ha elaborado de forma rigurosa, según numerosos informes de organizaciones internacionales y ONGs de reconocido prestigio.

Esta Página Web pretende ser un instrumento ágil y eficaz para el cumplimiento de la referida “Diligencia Debida”.

Actualidad

miércoles, 27 de marzo de 2013

Mozambique, en categoría de alto riesgo.

A raiz de un informe difundido recientemente por la Agencia Internacional de Medio Ambiente, AEIM, de acuerdo a su sistema de evaluación de riesgos ha elevado el riesgo del origen de la madera de dicho país hasta la categoría de riesgo...ver más›

martes, 26 de marzo de 2013

AEIM eleva el riesgo de la Rep. Ctro. Africana.

De acuerdo a las exigencias de su sistema de evaluación de riesgos, AEIM ha elevado el riesgo del origen de la madera de la Rep. Ctro. Africana por el conflicto armado en dicho país. Consultar la ficha de este país en esta Página ...ver más›

miércoles, 20 de marzo de 2013

Desde el 3, marzo, 13 ya es de aplicación del Reglamento Europeo de la Madera (EUTR)

Desde el pasado 3 de Marzo, 13, ya es de aplicación el Reglamento Europeo de la Madera (EUTR). Exige a todos los importadores de madera y productos de madera, disponer de un sistema de Diligencia Debida (SDD). Los asociados en AEIM ya dispo...ver más›

viernes, 01 de marzo de 2013

Jornada de interés para el sector de la madera.

El pasado 7 de Marzo tuvo lugar en Madrid una jornada de interés para el sector de la madera, con una presentación sobre el Reglamento Europeo de la Madera (EUTR). Asistieron 92 personas del sector de la madera, técnicos y medios ...ver más›

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